Rembrandt escribió:Cuando me refería a nacional, me refería al pueblo español. Lo he llamado así facilitar la lectura a las personas que son legas en Derecho.
Desde luego tiene que ser cómico que todos se pregunten cual era la intención del legislador (padre Constituyente en este caso) y tu decir... Ni me acuerdo
No, si yo te he entendido... pero no se si tu me has entendido a mi...
Llo que quiero decir es que cuando la constitucion dice "la soberanía radica en el pueblo español", es bastante cuestionable si la interpretación que SE LE HA QUERIDO DAR AL ARTICULO está en el ánimo del legislador...
El mensaje ese de que ese articulo impide el referendum catalan por que la soberania es de todos es muy cuestionable
Parece poco probable que dicho articulo se escribiera con ese animo legistativo, mas bien obedece a la formula clasica de soberania popular, en vez de soberania nacional...
El referendum ese lo impide el articulo 2 y los mecanismos de reforma constituyente, que por cierto, impediria tambien la celebracion de un referendum en toda españa sobre el tema catalan ni siquiera aplicando el articulo 92 (supondria fraude de ley, al estar establecido en la constitucion como se debe proceder a la realizacion de un referendum sobre reforma constitucional).
Es, como digo, anecdotico, ya que no cambia el status legal, pero si es representativo de los animos interpretativos...
Ukiah