...tengo un cacao mental importante con la Ley de Restauración de la Naturaleza...
Me ha dado por curiosear un poco con el texto de esta ley, y pensando en cómo llevar a cabo la recuperación de estos ecosistemas que se consideran (la Ciencia?) en "mal estado", y cual sería su el objetivo estado "optimo" o por lo menos "deseado" a alcanzar (otra vez la Ciencia pero esta vez los burócratas tendrán que decir la suya...) la primera sensación es que también podrían haberla llamado
Ley de la Selva...
Primero la ley va de definiciones:
«ecosistema»: un complejo dinámico de comunidades vegetales, animales y de microorganismos y su medio no viviente que interactúan como unidad funcional que incluye los tipos de hábitats, los hábitats de especies y las poblaciones de especies;
«restauración»: el proceso de contribuir activa o pasivamente a la recuperación del buen estado de un ecosistema, de un tipo de hábitat, para que alcance el mejor estado posible y su superficie de referencia favorable, de un hábitat de una especie, hasta alcanzar unos niveles de cantidad y calidad suficientes, o de poblaciones de especies hasta niveles satisfactorios, como medio para conservar o mejorar la biodiversidad y la resiliencia de los ecosistemas;
«buen estado»: un estado en el que las características fundamentales de un ecosistema, a saber, su estado físico, químico, de composición, estructural y funcional, y las características de su paisaje terrestre y marino, reflejan el alto nivel de integridad, estabilidad y resiliencia ecológicas necesario para garantizar su mantenimiento a largo plazo;
«calidad del hábitat suficiente»: la calidad de un hábitat de una especie que permite cumplir los requisitos ecológicos de una especie en cualquier fase de su ciclo biológico, de modo que se mantenga a largo plazo como un componente viable de su hábitat en su área de distribución natural;
«cantidad del hábitat suficiente»: la cantidad de un hábitat de una especie que permite cumplir los requisitos ecológicos de una especie en cualquier fase de su ciclo biológico, de modo que se mantenga a largo plazo como un componente viable de su hábitat en su área de distribución natural;
Y por ser también ecosistemas, no se libran las ciudades del control que pretende ejercer de la burocracia verde:
«municipios y zonas suburbanas»: unidades administrativas locales en las que menos del 50 % de la población vive en un centro urbano, pero al menos el 50 % de la población vive en una agrupación urbana, medidas utilizando el grado de urbanización establecido de conformidad con el artículo 4 ter, apartado 3, letra a), del Reglamento (CE) n.º 1059/2003;
«espacio verde urbano»: todas las zonas urbanas verdes; los bosques de frondosas; los bosques de coníferas; los bosques mixtos; los prados naturales; los páramos y brezales; los matorrales de transición; y las zonas con vegetación dispersa, que se encuentran en ciudades o municipios y zonas suburbanas, calculados según los datos facilitados por el servicio de vigilancia terrestre de Copernicus establecido por el Reglamento (UE) 2021/696 del Parlamento Europeo y del Consejo 110 ;
Algunas sorprendentes medidas que se pretende formentar:
1)Restaurar los humedales mediante la rehumidificación de las turberas drenadas, la eliminación de las estructuras de drenaje de turberas o la eliminación de la excavación de turberas.
2)Mejorar las condiciones hidrológicas aumentando la cantidad, la calidad y la dinámica de las aguas superficiales y el nivel freático para los ecosistemas naturales y seminaturales.
3)Eliminar la invasión no deseada de matorrales o las plantaciones no autóctonas en pastizales, humedales, bosques y tierras con vegetación dispersa.
4)Aplicar la paludicultura.
5)Restablecer los meandros de los ríos y reconectar los meandros cortados artificialmente o los brazos muertos.
6)Eliminar las barreras longitudinales y laterales (como los diques y presas), dar más espacio a la dinámica fluvial y restaurar tramos fluviales de flujo libre.
7)Volver a naturalizar los lechos de los ríos, los lagos y los cursos de aguas bajas mediante, por ejemplo, la eliminación de la fijación artificial del lecho, la optimización de la composición del sustrato y la mejora o el desarrollo de la cobertura del hábitat.
8)Restaurar los procesos de sedimentación natural.
9)Establecer protecciones ribereñas, por ejemplo, bosques, franjas de protección, prados o pastos ribereños.
10)Aumentar las características ecológicas de los bosques, como los árboles grandes, viejos y moribundos (árboles que sirven de hábitat) y las cantidades de madera muerta caída y en pie.
11)Trabajar en pro de una estructura forestal diversificada en términos de vegetación y edad que permita la regeneración natural y la sucesión de especies arbóreas.
12)Mejorar la diversidad forestal mediante la creación de mosaicos de hábitats no forestales, como parcelas abiertas de pastizales o brezales, estanques o zonas rocosas.
13)Utilizar modelos de silvicultura «cercana a la naturaleza» o de «cobertura continua»; introducir especies arbóreas autóctonas.
14)Mejorar el desarrollo de bosques autóctonos maduros y poblamiento maduro (por ejemplo, mediante el abandono de la explotación).
15)Introducir elementos paisajísticos de gran diversidad en las tierras de cultivo y pastizales de uso intensivo, como franjas de protección, lindes de campo con flores autóctonas, setos, árboles, bosques pequeños, muros de terrazas, estanques, corredores de hábitats y pasarelas de piedras, etc.
16)Aumentar la superficie agrícola sujeta a modelos de gestión agroecológica, como la agricultura ecológica o la agrosilvicultura, el cultivo múltiple y la rotación de cultivos, la gestión integrada de plagas y nutrientes.
17)Reducir la intensidad del pastoreo o los regímenes de siega en los pastizales cuando proceda y restablecer el pastoreo extensivo con ganado doméstico y regímenes de siega extensiva en caso de abandono.
18)Detener o reducir el uso de plaguicidas químicos, así como de abonos químicos y de estiércol animal.
19)Dejar de arar los prados e introducir semillas de gramíneas productivas.
20)Eliminar plantaciones en antiguos sistemas dinámicos de dunas interiores para reactivar las dinámicas eólicas naturales en favor de hábitats abiertos.
21)Mejorar la conectividad entre hábitats para permitir el desarrollo de poblaciones de especies y permitir un intercambio individual o genético suficiente, así como la migración de las especies y la adaptación al cambio climático.
22)Permitir que los ecosistemas desarrollen su propia dinámica natural, por ejemplo, mediante el abandono de la explotación y la promoción de los hábitats y los espacios naturales.
23)Eliminar y controlar las especies exóticas invasoras y prevenir o reducir al mínimo la introducción de este tipo de especies.
24)Reducir al mínimo los efectos negativos de las actividades pesqueras en el ecosistema marino, por ejemplo, utilizando artes con menor impacto en el fondo marino.
25)Restaurar importantes zonas de desove y cría de peces.
26)Proporcionar estructuras o sustratos para fomentar la vuelta de la vida marina, por ejemplo, arrecifes de corales, ostras y cantos.
27)Restaurar los prados de vegetación marina y los bosques de kelp mediante la estabilización activa del fondo marino, reduciendo y, en la medida de lo posible, eliminando las presiones o mediante la propagación y plantación activas.
28)Reducir diversas formas de contaminación marina, como la carga de nutrientes, la contaminación acústica y los residuos plásticos.
29)Aumentar las zonas verdes urbanas con características ecológicas, como parques, árboles y parcelas forestales con especies autóctonas, techos ecológicos, pastizales de flores silvestres, jardines, horticultura urbana, calles arboladas, prados y setos urbanos, estanques y cursos de aguas.
30)Detener, reducir o corregir la contaminación procedente de los productos farmacéuticos, los productos químicos peligrosos, las aguas residuales urbanas e industriales y otros residuos, incluidos los desechos y los plásticos, así como la luz en todos los ecosistemas.
31)Convertir zonas industriales abandonadas, antiguas zonas industriales y canteras en espacios naturales.
https://eur-lex.europa.eu/legal-content ... 2022PC0304