guille escribió:Sin ánimo de polemizar y, como tú, simplemente por puntualizar, claro que tienen que ver: "La asistencia sanitaria de la Seguridad Social tiene por objeto la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar o restablecer la salud de sus beneficiarios, así como su aptitud para el trabajo. Proporciona, también, los servicios convenientes para completar las prestaciones médicas y farmacéuticas, atendiendo, de forma especial, a la rehabilitación física precisa para lograr una completa recuperación profesional del trabajador."
Guille, jejeje como te gustan las polémicas ¿eh? Pero lo que no vale es dar información incompleta.
De acuerdo con lo que has puesto entrecomillado, pero no está completo y lo sabes. Si sigues lo que has comentado y pinchas con el ratón en
Trámites y gestiones te lo explica meridianamente. La Seguridad Social
reconoce el derecho a la asistencia sanitaria de los trabajadores y sus familiares a cargo, pero la ejecución en materia de salud corresponde al
Ministerio de Sanidad o en su defecto, a las consejerías correspondientes donde se hayan transferido las competencias en materia sanitaria.
Sigo con mi pregunta ¿Qué tienen que ver con las listas de espera de Sanidad los trabajadores del Ministerio de Empleo?
guille escribió:siempre que no contemos como trabajadores del ministerio a su ministro, directores generales, secretarios, subsecretarios... etc (y eso, fundamentalmente, para aquellas comuidades que no tengan transferidas estas competencias).
Y no, no los cuento como trabajadores, son simplemente interinos que deben su puesto, la mayoría, al partido en el gobierno.
Al final nos van a derivar a otro hilo, ya lo verás.